Abogados de divorcio en Madrid
Un divorcio no tiene por qué convertirse en una guerra. En la primera conversación le decimos qué camino tiene el suyo —acuerdo, notaría o juzgado—, qué se decide sobre los hijos, la casa y el dinero, y qué conviene no firmar todavía.
Primera consulta gratuita, en el despacho o por videollamada. Le atiende el abogado que llevará su caso.
Cómo es un divorcio, de principio a fin
Cuatro etapas. No todos los divorcios pasan por todas, pero conviene saber dónde está cada decisión antes de tomar la primera.
Primera conversación
Revisamos su situación: hijos, vivienda, régimen económico, ingresos y lo que ya se ha hablado con la otra parte. Sale de ella sabiendo qué vía tiene y qué documentos reunir.
Intento de acuerdo
Negociamos con el abogado de su pareja el convenio regulador: custodia, pensiones, uso de la casa y reparto. Si no hay acuerdo, este intento es además obligatorio antes de demandar.
Art. 90 CC · art. 5 LO 1/2025, vigente desde el 3-4-2025Notaría o juzgado
Con acuerdo y sin hijos menores, el divorcio puede formalizarse ante notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia. Con hijos, o sin acuerdo, se tramita ante la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Madrid.
Arts. 82 y 87 CC · arts. 770 y 777 LECDespués de la sentencia
Liquidar los gananciales, hacer cumplir lo acordado o cambiarlo cuando cambian las circunstancias. Un divorcio también se gestiona años después.
Arts. 806 y ss. LEC · arts. 775 y 776 LEC
Lo que se decide en un divorcio
Cinco cuestiones, cada una con su norma. Casi todos los conflictos nacen de una de ellas.
| Custodia de los hijos | Con quién viven y cómo se relacionan con el otro progenitor. La ley no prefiere un modelo; manda el interés del menor. Custodia de los hijos | Art. 92 CC · STS 257/2013 |
|---|---|---|
| Pensión de alimentos | Lo que cada progenitor aporta para los hijos, según sus recursos y las necesidades de ellos. Pensión de alimentos | Arts. 93, 142 y 146 CC |
| Uso de la vivienda | Quién vive en la casa familiar y hasta cuándo. El uso no cambia la propiedad. Uso de la vivienda | Art. 96 CC |
| Pensión compensatoria | Para el cónyuge al que el divorcio produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que empeora su situación anterior en el matrimonio. Puede ser temporal, indefinida o una prestación única. Pensión compensatoria | Art. 97 CC |
| Reparto de bienes | Inventario y adjudicación de lo común: vivienda, cuentas, participaciones en sociedades, deudas. Liquidación de gananciales | Arts. 1392 y ss. CC · arts. 806 y ss. LEC |

El despacho
DF Abogados es un despacho de Madrid, dirigido por David Fernández García, especializado en derecho de familia y herencias: divorcios, custodia de los hijos, pensiones, liquidación del régimen económico matrimonial y sucesiones.
- Le mantenemos informado
- Sabrá en qué punto está su asunto y cuál es el siguiente paso. Puede preguntarnos por teléfono, WhatsApp o correo.
- Explicaciones claras
- Le explicamos sus opciones sin tecnicismos, con sus ventajas y sus riesgos, para que decida con conocimiento.
- La solución que más le conviene
- Si un acuerdo le protege mejor que un juicio, se lo diremos. Si no lo hay, defenderemos su posición ante el juzgado.
- Sin promesas imposibles
- Nadie puede garantizar lo que decidirá un juez. Le diremos con franqueza qué es probable, qué no lo es y cuánto puede tardar.
Qué ocurre en la primera consulta
Es gratuita y sin compromiso. Puede ser en el despacho o por videollamada, como le resulte más cómodo.
- 1
Nos cuenta su situación
Si hay hijos, cómo está la vivienda, qué bienes y deudas tienen y qué se ha hablado ya con su pareja.
- 2
Le decimos qué camino tiene
Acuerdo, notaría o juzgado, y qué se puede negociar antes.
- 3
Le explicamos los riesgos
Qué conviene no firmar, qué no hacer todavía y cuánto puede tardar.
- 4
Le damos el presupuesto por escrito
Si decide que llevemos su asunto, le entregamos el alcance del trabajo y los honorarios antes de empezar. Sin sorpresas.
Le atenderá el abogado que llevará su caso. Si prefiere que su pareja no sepa todavía que ha consultado, díganos cuándo y cómo podemos contactarle.
Lo que nos preguntan antes de empezar
¿Puedo divorciarme si mi pareja no quiere?
Sí. Desde 2005 el divorcio no exige alegar causa ni el consentimiento del otro cónyuge: basta con que hayan pasado tres meses desde la boda (arts. 81 y 86 CC). Ese plazo no se exige si hay riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos. Sin acuerdo, se tramita como divorcio contencioso.
¿Qué es el MASC y por qué afecta a mi divorcio?
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige intentar un medio adecuado de solución de controversias —una negociación entre abogados, una mediación u otro— antes de presentar una demanda civil, también la de divorcio contencioso (art. 5). Hay excepciones, como las situaciones de violencia sobre la mujer.
Bien planteado, ese intento no es un trámite: es el momento en que más se puede cerrar.
¿Podemos divorciarnos ante notario?
Sí, si es de mutuo acuerdo, han pasado tres meses desde la boda y no hay hijos menores no emancipados ni hijos con medidas de apoyo atribuidas a los progenitores. También puede hacerse ante el Letrado de la Administración de Justicia. En ambos casos se exige asistencia de abogado en ejercicio, que puede ser común a los dos (arts. 82 y 87 CC).
¿Podemos compartir abogado si estamos de acuerdo?
Sí. Ante notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia la ley exige asistencia letrada, no un abogado distinto para cada uno (art. 82 CC). En el procedimiento judicial de mutuo acuerdo pueden ser defendidos por un mismo abogado y representados por un mismo procurador (art. 750.2 LEC).
¿La custodia compartida es la regla general?
El Código Civil no fija preferencia (art. 92), pero el Tribunal Supremo la considera normal e incluso deseable cuando es posible y conviene al menor (STS 257/2013, de 29 de abril). Se decide caso por caso.
¿Quién se queda con la casa familiar?
Lo primero es lo que acuerden los cónyuges. A falta de acuerdo, si hay hijos menores, el uso corresponde a ellos y al progenitor con quien convivan, hasta que todos alcancen la mayoría de edad (art. 96 CC). Con custodia compartida, o si los hijos se reparten entre ambos, no hay regla fija y el juez decide según el caso. El uso no cambia la propiedad: la casa sigue siendo de quien lo era.
¿Cuánto tarda un divorcio?
Depende de la vía. Ante notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia, sobre todo de lo que se tarde en cerrar el convenio regulador. En el juzgado, el de mutuo acuerdo es un procedimiento breve; el contencioso depende de la carga de trabajo de la Sección de Familia y de las pruebas que haya que practicar, como un informe psicosocial.
¿Qué documentos necesito para divorciarme?
El DNI, el certificado literal de matrimonio y, si hay hijos, sus certificados de nacimiento; el certificado de empadronamiento; las capitulaciones matrimoniales, si las hay; y la documentación económica: nóminas, declaraciones de la renta, escrituras, préstamos y cuentas. Si hay acuerdo, además, la propuesta de convenio regulador.
Mi pareja me ha dicho que quiere divorciarse. ¿Qué hago ahora?
No firme nada y no tome decisiones irreversibles hasta saber qué opciones tiene: por regla general, no se vaya del domicilio ni se lleve a los hijos sin un acuerdo o una resolución judicial que lo respalde, ni mueva dinero de las cuentas comunes. Si su seguridad o la de sus hijos está en riesgo, protéjase primero: llame al 112 o al 016. Mientras tanto, reúna la documentación económica: nóminas, declaraciones de la renta, escrituras, préstamos y extractos. Lo que se decide al principio condiciona todo lo demás.
¿Debo firmar el convenio regulador que me ha propuesto mi pareja?
No sin revisarlo antes. Una vez aprobado por el juez o formalizado ante notario, cambiar lo acordado sobre los hijos o las pensiones exige que hayan cambiado las circunstancias (arts. 90 y 91 CC), y un reparto de bienes mal pactado es muy difícil de deshacer.
¿Puedo sacar dinero de la cuenta conjunta?
Que el banco le permita disponer no significa que el dinero sea suyo. Figurar como cotitular no convierte a nadie en propietario de la mitad: depende de dónde salió ese dinero y del régimen económico del matrimonio. Retirar más de lo que le corresponde puede obligarle a devolverlo en la liquidación y suele endurecer la negociación.
¿Qué ocurre con los bienes que están solo a nombre de uno?
En gananciales, que un bien esté a nombre de uno no decide nada: los bienes adquiridos durante el matrimonio se presumen comunes mientras no se pruebe lo contrario (art. 1361 CC). En separación de bienes, cada bien es de su titular, aunque pueden surgir créditos entre los cónyuges si uno pagó lo del otro.
Tenemos una empresa. ¿Qué pasa con ella?
Si las participaciones se compraron durante el matrimonio con dinero común, en gananciales forman parte del reparto, aunque solo uno figure como socio o la gestione. Si eran de uno solo, no se reparten, pero puede haber que reembolsar lo invertido con dinero común (art. 1358 CC). Lo habitual es valorarla y adjudicarla a quien la gestiona, compensando al otro.
¿Puedo irme de casa con mis hijos?
Salvo que haya un riesgo para usted o para ellos, no cambie la residencia de los hijos sin acuerdo con el otro progenitor o sin autorización judicial: alejarlos de su domicilio, su entorno o su colegio sin ese respaldo puede perjudicarle en la decisión sobre la custodia. Si la situación no puede esperar, pueden pedirse medidas provisionales al juzgado antes de la demanda o junto con ella (arts. 771 y 773 LEC). Si hay violencia, llame al 112 o al 016 y busque protección antes que cualquier otra cosa.
¿Cuándo conviene aceptar un acuerdo y cuándo no?
Conviene cuando protege lo esencial (los hijos, la vivienda, el patrimonio) mejor de lo que previsiblemente lo haría un juez, y con menos coste y desgaste. No conviene cuando se firma por cansancio o por prisa, o sin conocer bien el patrimonio de la otra parte. Le diremos con franqueza qué es probable en un juicio para que pueda comparar.
¿Cuánto cuesta el divorcio?
La primera consulta es gratuita. Después, el coste depende de si hay acuerdo, de si hay hijos y de qué patrimonio hay que repartir: no cuesta lo mismo un mutuo acuerdo sin bienes que un divorcio con vivienda, empresa o bienes en otro país. Antes de empezar le damos por escrito el trabajo que necesita y sus honorarios, y usted decide.
Hablemos de su caso
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Le llamamos nosotros
Le llamaremos en un plazo máximo de 48 horas laborables.
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